Medina: El TCP estuvo a punto de retroceder al siglo XX


La
Paz, 20 Jul. (Prensa Jorge Medina).-
“La Bolivia del Siglo XXI, aquella que se
caracteriza por su vocación democrática, pluralista y multiétnica, es lo que es
gracias a la lucha del pueblo que, también, logró que se apruebe una ley contra
el racismo y toda forma de discriminación que impide por ejemplo ser excluido
por razones de vestimenta”.

“Por
esta razón es que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) estuvo a punto
de retroceder al siglo XX por una instructiva que prohibía el uso de 11 tipos de
vestimenta a sus funcionarios”.

Este
es el criterio del Director General de Tierras, Jorge Medina, quien cuestionó
la última determinación interna del TCP que prohibió vestimentas que, en el
mayor de los casos, afectaba a la mujer, porque se impedía desde el uso de
botas o chamarras, hasta los escotes.

“No
sólo es un acto de pura discriminación, sino también de retroceso en los
derechos de la mujer que tanto ha ido trabajando el Estado en los últimos años.
Impedir a la mujer su forma de vestir no sólo es un acto de discriminación,
sino también atenta contra sus derechos”, expresó Medina.

Frente
a esta cuestionada decisión, el TCP tuvo que retroceder en esta medida y
dispuso dejarla nula.

El
artículo 5 de la Ley 045 define la discriminación como toda forma de
distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo,
color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, cultura,
nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación
política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud,
profesión, ocupación u oficio, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o
discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de embarazo, procedencia,
apariencia física, vestimenta, apellido u otras que tengan por objetivo o
resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en
condiciones de igualdad, de derechos humanos y libertades fundamentales
reconocidos por la Constitución Política del Estado y el derecho internacional.
No se considerará discriminación a las medidas de acción afirmativa.


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